Una partida de nacimiento, la clave para la imputación contra Evo por estupro

El líder del MAS, Evo Morales, en una movilización. Foto: MAS

Por: RPK Noticias

Un remezón golpea al escenario político de Bolivia. El escándalo por la denuncia contra el líder del MAS, Evo Morales, por un caso de estupro ha generado un cruce de acusaciones.

No obstante, hay una investigación en curso y una imputación que queda como testimonio de que este caso sí existe y está en la Fiscalía de Tarija.

La orden de aprehensión que la Fiscalía de esa región aprobó da cuenta que en mayo de 2018 se emitió una partida de nacimiento en Tarija, en la que figura como padre Evo Morales. La madre supuestamente es una adolescente de 16 años.

La investigación también concluye que el embarazo se produjo cuando la menor de edad tenía 15 años. En ese entonces, Morales era presidente del país.

Se conoce que el caso tiene base en una investigación que ejecutó Inteligencia de la Policía desde el 25 de septiembre.

Según los datos de las pesquisas, el vínculo de Morales con la adolescente se consolidó después de que el líder del MAS creó un grupo partidario de jóvenes de 14 y 15 años.

Según la Fiscalía, la adolescente fue inscrita en este grupo por sus padres “para escalar políticamente”.

El documento de imputación también señala que la adolescente supuestamente “fue presionada y prácticamente forzada” para relacionarse con Morales “teniendo como desenlace que la menor (…) de 15 años quede embarazada del señor Juan Evo Morales Ayma”.

El Ministerio Público también sostiene que los padres de la adolescente recibieron como “retribución” beneficios, entre ellos viajes, y candidaturas que al final no se concretaron.

Ante esa circunstancia la madre de la adolescente presuntamente accedió a un cargo público por gestiones de Morales.

“Se tiene indicios de responsabilidad penal del ciudadano Juan Evo Morales Ayma, en el grado de probabilidad como autor” de los delitos penales de estupro y trata de personas, señala el documento de la Fiscalía al que accedió la red Unitel.

Según el Código Penal boliviano, “quien, mediante seducción o engaño, tuviera acceso carnal con persona de uno u otro sexo, mayor de catorce (14) años y menor de dieciocho (18), será sancionado con privación de libertad de dos (2) a seis (6) años”.

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