miércoles, febrero 19, 2025
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Luego de la búsqueda de Reyna, una mujer que escapó con sus hijos y estaba viviendo en un alojamiento de La Paz, la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (TDJ) instruyó al Ministerio de Gobierno que “repare” la imagen de la víctima, pues fue exhibida públicamente por el ministro Eduardo del Castillo como autora de dos delitos, y no se tuvo respeto al principio de presunción de inocencia.

“La jurisdicción constitucional, ha marcado un hito en la jurisprudencia nacional, respecto a la protección y respeto de los derechos a la honra, intimidad, imagen y dignidad, además el respeto al principio de presunción de inocencia. La Sala Constitucional 2da del #TDJ La Paz, en la Acción de Protección de Privacidad interpuesta como @DPBoliviaOf., ha otorgado la tutela por los citados derechos en favor de Reyna R. H.H, quien fue indebidamente exhibida por el Ministerio de Gobierno ante los medios de comunicación el pasado 22 de enero de 2025”, publicó en su cuenta en X el defensor del Pueblo, Pedro Callisaya.

Esta decisión se da tras la acción de protección de privacidad que fue presentada por el Defensor del Pueblo bajo el argumento de que se vulneraron el honor, la imagen y la dignidad de Reyna al ser exhibida públicamente. El Defensor del Pueblo sostuvo que la reparación debe realizarse con la misma acción con la que fue expuesta.

“Se debe reparar la imagen, el honor y la dignidad de esta persona a través de una conferencia de prensa que la propia autoridad accionada (Ministerio de Gobierno) debe promocionar y realizar en las mismas condiciones en las que fue exhibida la ciudadana”, enfatizó Callisaya.

Además, la Sala Constitucional Segunda del TDJ de La Paz estableció que no pueden ser exhibidas públicamente personas que se encuentren bajo investigación por un ilícito penal en procesos policiales o administrativos.

El pasado 22 de enero, el ministro Del Castillo presentó públicamente a Reyna H. H. en una conferencia de prensa, señalándola como autora de dos delitos: abandono de hogar y violencia intrafamiliar (esto tras una búsqueda de la persona y sus dos hijos que estaban desaparecidos y luego fueron encontrados en un alojamiento) Días después, tras las investigaciones, fue liberada de toda culpa.

Asimismo, semanas atrás, la Defensoría del Pueblo a través de un Pronunciamiento hizo un “llamado urgente” a las autoridades competentes para que adopten acciones de no repetición, pero principalmente garanticen la libertad, el debido proceso, la no revictimización y la reparación de los derechos vulnerados de los ciudadanos R.R.H.H. como del señor J.L.M.

El principio a la presunción de inocencia, según el criterio desarrollado en la Observación General N° 32 del Comité de DDHH de Naciones Unidas establece que “de conformidad con el párrafo 2 del artículo 14, todas las personas acusadas de un delito tienen derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la Ley”.

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COMUNICACION AL INSTANTE

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